Documentación para firmar una póliza
— PERSONAS FÍSICAS: Debe Vd. aportar su D.N.I. Extranjeros: pasaporte o carta de identidad, y N.I.E.
— SOCIEDADES: Si la póliza la suscribe una mercantil su representante se ha de aportar la escritura de constitución y la de su nombramiento como Administrador, Consejero Delegado o Apoderado, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. El representante se identificará con su D.N.I.
— Si la póliza la suscribe una Cooperativa, Sociedad de Transformación Agraria o Asociación, será necesario aportar los Estatutos y, para cada operación, el Certificado de la Junta o Consejo Rector autorizando la firma de la misma, con expresión de la persona o personas facultadas para ello; así mismo habrá que hacer constar en la misma certificación, o en otra aparte, el nombre y D.N.I. de los miembros que forman dicha Juna o Consejo Rector.
— Si se firma por poder de otra persona, será imprescindible aportar en el momento de la firma la correspondiente escritura donde conste el apoderamiento.
Siempre hay que presentar originales.
MUY IMPORTANTE: TITULARIDAD REAL.-
El artículo 4 de la Ley 10/2.010 exige identificar, en el caso de las personas jurídicas, al «titular real» de las mismas, esto es, a la persona o personas físicas que ostenten más del 25% del capital social de la mercantil interviniente o de los derechos de voto, o que -por otros medios- ejerzan el control directo o indirecto de su gestión. Esta circunstancia se puede justificar mediante la correspondiente Acta Notarial o por manifestación al respecto, en el momento de la firma, por parte del representante legal (no apoderado) de la empresa.